MINISTERIO PUBLICO
FISCAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
¿QUE TIPOS DE DENUNCIAS SE PUEDEN REALIZAR?
1) DELITOS.
2) CONTRAVENCIONES
3) FALTAS
Los 1) DELITOS : delitos cuya competencia ha sido transferida a la justicia de la
Ciudad pueden denunciarse ante el Ministerio Público Fiscal CABA.
Son los siguientes:
- Tenencia o
portación de arma de fuego de uso civil y su suministro (art. 189 bis,
inc. 2°, 1° y 3° párrafo; e inc. 4° C.P.)
- Lesiones
en riña (arts. 95 y 96 del C.P.)
- Abandono
de personas (arts. 106 y 107 del C.P.)
- Omisión de
auxilio (art. 108 C.P.)
- Pornografía
con menores involucrados (art. 128 C.P.)
- Exhibiciones
obscenas (art. 129 C.P.)
- Matrimonios
ilegales (arts. 134 a 137 C.P.)
- Amenazas simples (art. 149 bis, 1° párrafo C.P.)
- Violación
de domicilio (art. 150 C.P.)
- Usurpación (art. 181 C.P.)
- Daños
(arts. 183 y 184 C.P.)
- Ejercicio
ilegal de la medicina (art. 208 C.P.)
- Incumplimiento
de los deberes de asistencia familiar (Ley 13.944)
- Malos
tratos y actos de crueldad a los animales (Ley 14.346)
- Actos u
omisiones discriminatorias (art. 3 de la Ley 23.592)
- Competencias
de velocidad con automóviles (art. 193 bis C.P.)
- Daños
informáticos (art. 183 C.P.)
- Violación
de seguridad informática (153 bis C.P.)
- Trabajo
Infantil (148 bis C. P.)
2) CONTRAVENCIONES: Las contravenciones son conductas que infringen el Código
Contravencional (Ley 1472).
Las más denunciadas son:
- Hostigamiento
y maltrato (art. 52)
- Suministro
de alcohol o material pornográfico a personas menores de edad (arts. 60 y
62)
- Tolerar o
admitir la presencia de menores en lugares no autorizados (art. 61)
- Portar
armas no convencionales (art. 85)
- Discriminación
(art. 65)
- Violación
de clausura (art. 73)
- Cuidar coches sin autorización legal (art. 79)
- Ensuciar
bienes (art. 80)
- Oferta y
demanda de sexo en la vía pública (art. 81)
- Ruidos molestos (art. 82)
- Uso
indebido del espacio público u ocupación de la vía pública (arts. 83 y 84)
- Violación
a la ley de espectáculos deportivos (arts. 3, 4 y 38 Ley 24.192)
- Reventa de
entradas (art. 91)
- Omitir
recaudos de organización y seguridad en espectáculos masivos (art. 96)
- Conducir
en estado de ebriedad (art. 111)
- Organizar
y explotar juego clandestino (art. 116)
- Promover y
ofertar juegos o sorteos sin autorización, habilitación o licencia (art.
117)
III. 3) FALTAS :Las faltas son infracciones de carácter administrativo sancionador previstas
en el Código de Faltas (Ley 451) en cuya decisión interviene de manera previa
la administración pública.
Pueden ser:
- Infracciones
bromatológicas, de higiene y sanidad
- Afectaciones
al medio ambiente y residuos patogénicos
- Seguridad
y prevención de siniestros
- Actividades
constructivas y actividades lucrativas no permitidas
- Infracciones
de tránsito
- Venta de
alcohol en horario nocturno y otras
FORMAS DE REALIZAR UNA DENUNCIA:
1. TELEFONICAMENTE.
2. PRESENCIAL
3. EN LINEA
1. DENUNCIA TELEFONICA:
Ud. puede
comunicarse llamando las 24 hs de forma gratuita al 0800-333-47225
El
horario ininterrumpido de atención de esta línea telefónica sirve
para poder dar intervención inmediata al personal policial al momento en
el que los hechos se producen. Igualmente, si el hecho ya ha ocurrido se
toma la denuncia, se inicia el legajo respectivo y se envía la denuncia en el
momento de recepción al dispositivo móvil que posee el fiscal de turno.
¿Qué
datos personales debe dar para realizar la denuncia?
- Nombre
y Apellido
- DNI
- Teléfono
- Dirección
- Estado
Civil
- Correo
electrónico (si posee)
¿Puede realizar denuncias anónimas?
Sí; la denuncia anónima recibida vía correo electrónico
(cuyo emisor no desee revelar su identidad, y por tanto, no se constituya como
denunciante), será igualmente válida. Sin embargo, cabe destacar que es
preferible para el denunciante proporcionar sus datos, ya que de este modo
podrá ser notificado del estado de la causa y de la evolución del proceso,
pudiendo ejercer su derecho a solicitar la revisión de archivo al fiscal.
En los casos en que el Ministerio Público Fiscal CABA
tome nota de la presunta existencia de un ilícito a través de una denuncia
anónima practicará las diligencias pertinentes para acreditar la existencia del
hecho en cuestión, y si corresponde, iniciar la investigación (siempre que no
se trate de un delito dependiente de instancia privada, caso en el cual el
proceso podrá iniciarse por denuncia nominada o querella).
Para que podamos investigar el hecho que estás
denunciando, es importante que haga un relato lo más detallado posible del
hecho que lo aqueja o del cual tuvo conocimiento, indicando los datos que tenga
de la persona denunciada y de los eventuales testigos del hecho. Todas las
pruebas que pueda aportar nos van a ayudar en esta tarea.
2. PRESENCIAL:
¿Qué
documentación debe llevar?
Deberá
concurrir con su DNI u otro documento que acredite fehacientemente su
identidad. Además, será conveniente que acerque toda la documentación o pruebas
que posea sobre el hecho que desea denunciar.
¿Dónde puede
denunciar?
Diríjase a la
Unidad de Orientación y Denuncia más cercana a su domicilio.
El horario de atención es de lunes a viernes de 9 a 20 hs.
Hecha la
denuncia, ésta es transmitida inmediatamente vía correo electrónico al fiscal
que le corresponda intervenir. Cuando se acerque a denunciar personalmente a
una Unidad de Orientación y Denuncia va a ser atendido por un funcionario del
Ministerio Público Fiscal CABA que va a ayudarlo con esa tarea. En el mismo
lugar podrá presentar denuncias por escrito.
En las
unidades no sólo se reciben denuncias sino que puede acercarse para acceder a
información acerca de sus derechos y cómo hacerlos valer, de la aplicación de
medios alternativos de resolución de conflictos o bien de los pasos procesales
que se deben recorrer dentro de la propia administración de justicia en busca
de una decisión judicial.
Sedes:
Saavedra
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Belgrano / Núñez
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Chacarita
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Palermo
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Balvanera
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Parque Patricios
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Villa Lugano
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Los Piletones
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San Telmo / La Boca
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Obelisco
Estación Carlos Pellegrini Subte B y Líneas C y D
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Mesa
Receptora de Denuncias CPACF
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3. EN LINEA: Para que podamos investigar el hecho que está denunciando, es importante
que haga un relato lo más detallado posible del hecho, indicando los datos que
tenga de la persona denunciada y de los eventuales testigos del hecho. Todas
las pruebas que pueda aportar nos ayudarán en la tarea de investigación.
¿Qué datos
personales debe dar para realizar la denuncia?
Se requerirán los siguientes datos:
- Nombre
y Apellido
- DNI
- Teléfono
- Dirección
- Estado
Civil
- Correo
electrónico (si posee)
Fuente: Pagina Ministerio Público Fiscal.