ESTUDIO JURIDICO DRA. NATALIA LASTRETTI

miércoles, 8 de julio de 2015

PASOS A SEGUIR PARA SOLICITAR LA COBERTURA AL 100% DE TRATAMIENTOS DE FERTILIZACION.

Generalmente, las EMP(empresas de medina Prepaga) /Obras Sociales, se niegan a otorgar la cobertura al 100% del tratamiento de fertilización medicamente asistida.
Las afiliadas deben seguir diversos pasos, para lograr conseguir el tratamiento que por ley les corresponde.
En primer lugar, y con el objeto de evitar retrasos en la aprobación del pedido, personalmente sugiero que comiencen todas las consultas, análisis, estudios y diagnostico con los profesionales con los cuales su EMP/ Obra Social tenga convenio para realizar dichos procedimientos.
El motivo es que de no ser así, al momento de solicitar la autorización correspondiente, la EMP/Obra Social les rechazará el pedido, incluso es muy posible que ni siquiera le den curso al mismo (en las oficinas comerciales)  y les contestarán que para pasar las solicitud a auditoria médica, deberán traer el certificado expedido por los médicos con los que ellos tienen convenio.

Que se debe saber:
·         Todos los pedidos que cursen a las empresas de medicina prepaga, deben realizarlos por escrito, en original y duplicado.

Por qué?: Porque ante negativa por parte de la EMP/Obra Social ustedes deberán contar con pruebas que avalen sus pedidos, reclamos.
·         Todos los pedidos y documentación presentada, deben quedarse con una copia, la cual debe estar sellada (sello de recepción) por LA EMP/Obra Social EN CADA UNA DE LAS HOJAS QUE PRESENTAN!
·         Es importante que siempre se guarde copia de todos los estudios, documentación presentada y absolutamente de todo !!!!!

Documentación necesaria (ya sea para presentar en la oficina comercial o posteriormente ante pedido de la EMP/Obra Social):
A.      Certificado médico, el cual debe establecer:
·         el diagnóstico del paciente.-
·         breve historia clínica. 
·         Tratamiento a seguir.
B.      Contar con todos los estudios que se ha realizado.

PASOS A SEGUIR:
1)      Concurrir a la Oficina comercial de la EMP/Obra Social y solicitar por escrito que informen los datos de los profesionales que poseen convenio con ellos. (seguramente les otorgaran los nombres de los mismos en un papel escrito a mano, para dicho caso aconsejo: o bien dejar una nota solicitando expidan la información de forma escrita –llevándose su correspondiente duplicado debidamente sellado con la fecha de recepción y sello de la EMP- o bien dejar nota en el libro de quejas y pedir que les saquen una fotocopia.
2)      Concurrir a cualquiera de los profesionales informados por la EMP/OS
3)      Presentarse nuevamente en la oficina de la EMP/OS, llevando:

  • Nota escrita solicitando cobertura Integral al tratamiento prescripto por el médico.
  • Orden de prescripción médica del tratamiento.
  •  Orden de prescripción médica de los medicamentos.
  •  Nota firmada por el médico tratante, mediante la cual informe: el diagnostico; y una breve reseña de su Historia Clínica.
                (RECUERDEN LLEVAR TODO PÒR DUPLICADO Y QUEDARSE CON SU COPIA-firmada y sellada)
4)      En caso de que la EMP/OBRA SOCIAL:
Ø  Otorgue el tratamiento al 100%, pero la medicación solo al % correspondiente a su plan. (por ejemplo la medicación con el 40% de descuento únicamente)
Ø  Otorgue el tratamiento al 50% (con la excusa de que solo uno de los miembros de la pareja se encuentra asociado) y  medicación solo al % correspondiente a su plan. (por ejemplo la medicación con el 40% de descuento únicamente)
Ø  Deniegue el tratamiento.
Ø  Simplemente no conteste
En todos estos casos se los deberá intimar mediante Carta Documento.
Por qué? Porque es un medio fehaciente de notificación, que les servirá a ustedes como comprobante que han solicitado determinada cobertura.
También deberán saber que la EMP / Obras sociales ES MUY PROBABLE QUE NO  CONTESTAN LAS CARTAS DOCUMENTO!!
Luego de enviada la Carta documento, si la EMP/ OS sigue con la misma postura de no otorgar cobertura al 100%, se debe:
  •   O bien iniciar una denuncia ante la Superintendencia de Salud. (explicare en otro artículo todo lo referido a esto)

  •   O bien Interponer un amparo de Salud, con medida cautelar.—En caso de ya tener la idea de iniciar un amparo ante la negativa o silencio por parte de la EMP/os se debe tener especial cuidado antes de enviar la carta documento ya que solo se tienen 15 DIAS PARA INTERPONER LA ACCION DE AMPARO ANTE LA NEGATIVA O SILENCIO POR PARTE DE LA EMP/OS (explicare en otro artículo todo lo referido a esto).--