ESTUDIO JURIDICO DRA. NATALIA LASTRETTI

jueves, 9 de octubre de 2014

Monotributo: la AFIP obliga a cambiar facturas a partir de 2015



1.  Los contribuyentes deberán imprimir facturas "C" del mismo modo que las facturas "A" y "B" de IVA inscriptos.
2.  Incluirán un CAI con vencimiento.
3.  Se podrán usar las facturas existentes hasta el 31 de diciembre de 2014

Mediante las Resoluciones 3665 y 3666 la AFIP renovó las facturas de monotributistas, mediante dichas resoluciones se implementó:
·       Un nuevo procedimiento para solicitar la impresión de comprobantes.
·       Se incluye en las facturas tipo “C” el código de autorización de impresión con fecha de vencimiento.


CUANDO SE APLICAN LOS CAMBIOS?

A) MONOTRIBUTISTAS Y EXENTOS EN IVA.

TIPO DE CONTRIBUYENTE
EL NUEVO PROCEDIMIENTO SE APLICA
USO DE COMPROBANTES EN EXISTENCIA
Monotributistas
A partir del 01/11/2014
Hasta el 31/12/2014
Exentos en IVA o no alcanzados
A partir del 01/03/2015
Hatsa el 30/04/2015

B)  RESPONSABLES INSCRIPTOS

PERIODO
SOLICITUD DE REIMPRESION DE COMPROBANTES
Desde el 01/11/2014 hasta el 31/03/2015
Continúan con el procedimiento anterior, utilizando los puntos de venta que tenían habilitaados. // Comienzan a confirmar o rectificar los puntos de ventas en la web de la AFIP.
A partir del 01/04/2015
Se aplica el nuevo procedimiento . Utilizan los puntos de ventas que tenían habilitados, siempre y cuando los hayan confirmado y/o adecuado.  Continuan con la numeración correlativa de sus comprobantes de ventas.


A partir del 1º de abril del año próximo, se aplica también para ellos el nuevo procedimiento, utilizando los puntos de venta que tenían habilitados, siempre y cuando los hayan confirmado y/o adecuado, aunque continúan con la numeración correlativa de sus facturas, según explicaron desde CP Consultoría.

Para obtener la autorización de Administración Federal de Ingresos Públicos, el contribuyente debe poseer CUIT, clave fiscal y estar registrado como empleador en su caso. También debe estar actualizado el domicilio fiscal y no haber inconsistencias. Además, deben tener habilitado el o los puntos de venta. Debe estar declarada y actualizada la actividad económica según el "Clasificador de Actividades Económicas".

Asimismo, debe estar categorizado como responsable inscripto, exento o no alcanzado en el IVA o adherido al Monotributo, según corresponda, y haber presentado la totalidad de las declaraciones juradas del IVA y del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) de los últimos 12 períodos fiscales, cuando corresponda. También haber presentado hasta el penúltimo mes anterior al de la solicitud, la última declaración jurada de Ganancias. En la evaluación del comportamiento fiscal del contribuyente, no debe haber incumplimientos o irregularidades.